En nuestro Código Civil, se encuentran ciertos artículos en los cules se pueden apreciar las leyes tratadas en este blog o incluso los factores de conexión que son los siguietes:
Arts. 14 al 18.
Arts. 120 y 121.
Art. 135.
Art.1027 y 1028.
lunes, 4 de diciembre de 2006
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